Manual del entrevistador
Las y los beneficiarios del Bono mensual para las Personas con Discapacidad grave y muy grave, deberán estar registrados en el Sistema de Información del Programa de Registro Único Nacional de Personas con Discapacidad - SIPRUNPCD del Ministerio de Salud y contar con el carnet de discapacidad vigente, de acuerdo a reglamento. Las personas con discapacidad visual registradas en el Instituto Boliviano de la Ceguera (IBC), quienes ya perciben un bono de indigencia, quedan excluidas del pago del bono de Bs 250.
Se debe registrar 1. Si o 2. No según responda el informante.